Informe Anual de Transparencia del Cuerpo de Bomberos del Cantón Santa Cruz 2021

INFORME ANUAL DE TRANSPARENCIA DEL CUERPO DE BOMBEROS AÑO 2021

LEYES Y REGLAMENTOS

Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Reglamento de la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

ORDENANZA No. 041, ADSCRIPCION CUERPO BOMBEROS

INFORMACIÓN IMPORTANTE

En este espacio usted encontrará toda la información referente al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública y sus reglamentos por parte del Cuerpo de Bomberos de Santa Cruz.

Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LOTAIP)

De acuerdo al Art. 7 sobre la Garantía del Acceso a la Información del Reglamento General a la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LOTAIP), en la que se hace mención al ejercicio del derecho al libre acceso a la información pública por parte de la ciudadanía y el cumplimiento de las instituciones públicas y privadas obligadas por la ley a proporcionar la información pública; y, de recibir los informes anuales que deben presentar las instituciones sometidas a este reglamento, con el contenido especificado en la ley.

Literal a)

Estructura orgánica funcional, base legal que la rige, regulaciones y procedimientos internos aplicables a la entidad; las metas y objetivos de las unidades administrativas de conformidad con sus programas operativos.

Estructura Orgánica

Literal a1) Organigrama de la institución

Literal a2) Base legal que rige a la institución

Literal a3) Regulaciones y procedimientos internos

Literal a4) Metas y objetivos unidades administrativas

Literal b1)

Literal b2)

Literal c)

La remuneración mensual por puesto y todo ingreso adicional, incluso   el   sistema de compensación, según lo establezcan las disposiciones correspondientes.

Distributivo Salarios Administrativos y Distributivo Salarios Operativo.

Literal d)

Los servicios que ofrece y las formas de acceder a ellos, horarios de atención y demás indicaciones necesarias, para que la ciudadanía pueda ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones.

• Horario de Atención

7:30 am a 12:30 pm y 13:30 pm a 5:00 pm

Servicios que ofrece y las formas de acceder a ellos

Literal f1)

Formularios o formatos de solicitudes

Literal f2)

Formulario solicitud de acceso a la información pública

Literal g) 

Información total sobre el presupuesto anual que administra la institución, especificando ingresos, gastos, financiamiento y resultados operativos de conformidad con los clasificadores presupuestales, así como liquidación del presupuesto, especificando destinatarios de la entrega de recursos públicos.

Presupuesto por Partidas Presupuestarias

Literal h)

Resultados de las auditorias internas y gubernamentales

Literal i)

Información completa y detallada sobre los procesos pre-contractuales, contractuales, de adjudicación y liquidación, de las contrataciones de obras, adquisición de bienes, prestación de servicios, arrendamientos mercantiles, etc., celebrados por la institución con personas naturales o jurídicas, incluidos concesiones, permisos o autorizaciones.

Plan Anual de Compras Públicas (PAC) 2021

Literal j)

Empresas y personas que han incumplido contratos

Literal k)

Planes y programas en ejecución

Literal m)

NOTA: El informe de conformidad con la ley, será presentado el día de la Sesión Solemne.

Literal n)

Los viáticos, informes de trabajo y justificativos de movilización nacional o internacional de las autoridades, dignatarios y funcionarios públicos.

Literal o)

Literal q)

Los organismos de control del Estado, adicionalmente, publicarán el texto íntegro de las resoluciones ejecutoriadas, así como sus informes, producidos en todas sus jurisdicciones.

• Texto íntegro de las resoluciones

Art.  19.- De la Solicitud y sus Requisitos.- El interesado a acceder a la información pública que reposa, manejan o producen las personas jurídicas de derecho público y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, deberá hacerlo mediante solicitud escrita ante el titular de la institución.

En dicha solicitud deberá constar en forma clara la identificación del solicitante y la ubicación de los datos o temas motivo de la solicitud, la cual será contestada en el plazo señalado en el artículo 9 de esta Ley.

Art. 20.- Límites  de  la  Publicidad  de  la Información.- La solicitud  de  acceso a la información no implica la obligación de las entidades  de  la administración pública y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, a crear o producir información, con la que  no  dispongan  o  no  tengan  obligación  de contar al momento de efectuarse  el  pedido.  En  este  caso,  la  institución  o  entidad, comunicará  por escrito que la denegación de la solicitud se debe a la inexistencia  de  datos  en  su  poder,  respecto  de  la  información solicitada.  Esta Ley tampoco faculta a los peticionarios a exigir a las entidades que efectúen evaluaciones o análisis de la información que posean, salvo aquellos que por sus objetivos institucionales deban producir.

No se entenderá producción de información, a la recopilación o compilación de información que estuviese dispersa en los diversos departamentos o áreas de la institución, para fines de proporcionar resúmenes, cifras   estadísticas o índices solicitados por los usuarios.

Plan Operativo Anual (POA) 2021

Convenio de Medios de Comunicación 2021

Acta de Deliberación Pública 2021

Acta de Compromiso de Deliberación Públicas